Cuando se contrata una empleada del hogar debemos establecer en su contrato si trabajará cama adentro o cama afuera. En el primer caso, se trata de contratos de trabajo donde se estipula que la empleada (o el empleado) vivirá en el domicilio en el que trabajará. En el segundo, la empleada, quien no vivirá en la residencia tendrá que cumplir con un horario de trabajo acordado con su empleador.
¿Qué considerar cuando se contrata una empleada cama afuera?
En el caso de contratar a un empleado o empleada cama afuera, se debe considerar que el horario obligatorio de trabajo no puede superar las 48 horas semanales y las 8 horas diarias. Así mismo, que los trabajadores del hogar tienen derecho a un día de descanso a la semana.
Con relación a la hora de trabajo; es importante establecer un horario coherente. En general un horario de inicio prudente es las 8 de la mañana. Es posible que algunos empleadores requieran el ingreso más temprano; en este caso, sin embargo, la hora de ingreso debe ser pactada con el empleado para que este pueda evaluar su factibilidad.
En relación con las horas extra, los empleados del hogar tienen derecho a cobrar 25% más por las dos primeras horas extra trabajadas durante el día y 35% a partir de las horas siguientes. Así mismo, si no respetamos el día de descanso del trabajador, estamos en la obligación de pagar 100% adicional por hora o día trabajado.
¿Qué considerar cuando se contrata una empleada cama adentro?
Cuando se contrata una empleada o empleado cama adentro, el empleador tiene la obligación de proveer a su contratada de un alojamiento adecuado en la propiedad. Esto no es todo, la alimentación de la empleada o empleado también debe contemplarse como parte de las obligaciones del contratante; además debe ser de calidad y no puede ser descontada del sueldo del trabajador.
¿Qué pasa si no se respetan los derechos de las empleadas del hogar?
El incumplimiento del contrato laboral o de la ley que protege a las trabajadoras del hogar, puede ocasionar que los empleados afectados denuncien al contratante, lo que ameritará que se inspeccione el lugar de trabajo con el fin de evidenciar las fallas cometidas y solicitar la corrección de las faltas; si estas no se corrigen, el empleador será acreedor de una multa.