El contrato de enfermeras a domicilio tiene dos modalidades, está el contrato de trabajo cuando se tiene un horario fijo de desempeño y el contrato de prestación de servicios cuando la función es solo para determinadas tareas y sin régimen de horarios.
Para evitar todo tipo de sanciones impuestas por la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral, conocida también como Sunafil es importante conocer los conceptos básicos de los contratos a domicilio para enfermeras.
Conozcamos más de los detalles a continuación, hay diferencias marcadas.
Contrato por prestación de servicios
Esto se da en el caso de que la enfermera sea contratada para cuidar pacientes de manera domiciliaria con un salario pactado sin beneficios.
Debido a ello, la profesional acude a la casa del paciente para realizar ciertos procedimientos específicos. Tal es el caso de terapias, cambios de oxígeno, medidas de presión, cuidado de heridas, entre otros.
Cuando se realiza un contrato por prestación de servicios se menciona un vínculo entre un contratante y contratista. En este tipo de contrato la enfermera goza de total independencia y no existe la figura de despido, aunque sí la terminación unilateral, además no hay vacaciones.
Se puede ejecutar mediante contrato escrito o trato verbal, aunque lo más recomendable es efectuar un documento. Para los pagos pertinentes se puede elaborar un recibo por honorarios electrónico.
Contrato de trabajo para enfermeras
El contrato de trabajo se da para enfermeras que realizan funciones de manera permanente en el domicilio y es de carácter personal, se rigen a un tipo de horario y reciben un salario fijo semanal, quincenal o mensual. En este proceso se menciona a un empleador y trabajador.
En esta modalidad de contrato el trabajador tiene derecho a exigir otros beneficios como intereses, prima de servicios, seguros, cesantías, CTS, gratificaciones, pagos extras por horarios festivos, entre otros. La enfermera puede obtener una certificación de trabajo con los cargos que ha desempeñado, tiempo y salario. La enfermera tiene además derecho a vacaciones remuneradas.
En cuanto a la terminación del contrato laboral, este puede darse por renuncia o despido. En este último caso es necesario señalar una causa justificada.
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